PLAN MOVES III - MOVILIDAD EFICIENTE & SOSTENIBLE
El programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES III) puesto en marcha por el Gobierno a mediados de abril de 2021, está dirigido a incentivar la compra de vehículos alternativos, instalar infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, el fomento de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y la implantación de medidas de movilidad urbana sostenible, implantadas tanto por empresas como por Ayuntamientos. ¿Cuáles son sus puntos principales?
1. PERIODO DE VIGENCIA
Válido desde el 10 de Abril para particulares. Para las empresas, desde la publicación de la convocatoria en cada Comunidad Autónoma.
Válido hasta 12 meses tras publicación convocatorias en cada Comunidad Autónoma.
2. PRESUPUESTO GLOBAL
400 Millones €
3. TIPO DE VEHÍCULOS SUSCEPTIBLES
Turismos 100% eléctricos
Híbridos enchufables
4. LÍMITE DE PRECIO
45.000 €, antes de impuestos para turismos eléctricos o híbridos enchufables (categoría M1) y 53.000€ si consta de 8 o 9 plazas.
No hay límite de precio para la categoría N1
5 QUIÉN PUEDE BENEFICIARSE
Personas físicas, autónomos, empresas privadas, Ayuntamientos y diputaciones, Administraciones Autonómicas y sus entes dependientes, y otras entidades públicas de la Administración General del Estado.
6. TITULARIDAD Y BAJA DEL VEHÍCULO A ACHATARRAR
El destinatario último de la ayuda deberá además ostentar la titularidad del vehículo achatarrado de más de siete años al menos durante los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda y por tanto, la fecha de baja definitiva no puede ser anterior a la de registro de solicitud de ayuda.
7. INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS (ITV) DEL VEHÍCULO A ACHATARRAR
Personas físicas, autónomos, empresas privadas, Ayuntamientos y diputaciones, Administraciones Autonómicas y sus entes dependientes, y otras entidades públicas de la Administración General del Estado.
8. OPERACIONES ADMITIDAS
Adquisiciones directas, leasing financiero y arrendamiento por Renting (o leasing operativo):
El beneficiario en la operación del Renting será el arrendatario del contrato, salvo en los casos de renting en los que podrá estar matriculado a nombre de la empresa de renting.
Condiciones del contrato de renting: duración mínima de dos años desde la fecha de su entrada en vigor y cuya formalización sea, en todo caso, posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda. Y reducción de las cuotas del arrendamiento en la cuantía total de la ayuda (reflejado explícitamente)
9. DETALLE EN LA FACTURA
El incentivo gubernamental se reflejará en la factura con posterioridad a la aplicación del IVA o IGIC.
Por su parte, la aportación del fabricante se reflejará antes de la aplicación del IVA o IGIC
10. COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES
NO son compatibles con otras subvenciones. Conforme a lo dispuesto, las subvenciones reguladas en el Plan MOVES III no serán compatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
11. SISTEMA DE GESTIÓN
Definido en la convocatoria autonómica.
12. TITULARIDAD
Es obligatorio mantener la titularidad y la matriculación en España del vehículo adquirido durante dos años.
*apoyo financiero del IDAE y de la Unión Europea por haber sido seleccionado su proyecto en el Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020 (POPE), así como la participación del IVACE.
Para más información consulta el BOE
y en la página oficial de IDAE